ISSN-01862 391

e-ISSN-2395-8235

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Órgano Oficial del Instituto Nacional de Pediatría

Información exclusiva para profesionales de la salud

Periodicidad: bimestral
Editor: Felipe Aguilar Ituarte
Abreviatura: Acta Pediatr Méx
ISSN: 0186-2391
e-ISSN: 2395-8235

Consejo Mexicano de Certificación en Pediatría (CMCP)

Consejo Mexicano de Certificación en Pediatría (CMCP)

Acta Pediatr Mex 2012;33(5):219-221

Dr. Luis Carbajal-Rodríguez
Vicepresidente del Consejo Mexicano de  Certificación en Pediatría
ExPpresidente de la Asociación Mexicana de Pediatría

El Consejo Mexicano de Certificación en Pediatría, refrendando su exitosa participación en la vida pediátrica del país, envía la siguiente información con objeto de que continúe vigente el compromiso entre este Consejo y los médicos pediatras para que en conjunto se le dé mayor solidez y seriedad al trabajo que desempeñan diariamente los profesionales de la salud pediátrica al practicar la certificación y recertificación y de esta manera la sociedad tenga la certidumbre de que sus hijos son atendidos por médicos con la suficiente calidad científica.

 

ANTECEDENTES

Los Consejos de Especialidades Médicas son Asociaciones Civiles creadas por los propios especialistas para regular y evaluar sus conocimientos y demostración de su competencia profesional por medio de exámenes de Certificación.

Los Consejos de Especialidades también regulan la actualización de la práctica médica a través del proceso de Recertificación.

En 1963 los médicos anatomopátologos fundaron el primer Consejo de Especialidad en México.

En 1972 existían diez Consejos, que solicitaron a la Academia Nacional de Medicina, se les otorgara el reconocimiento de idoneidad. En la actualidad existen 47 Consejos, que han conferido Certificación a más de 60,000 médicos en todo el país.

Con el paso del tiempo se determinó en el artículo 160 del Código Sanitario y más tarde, en el artículo 81 de la Ley General de Salud vigente, que se reconociera a la Academia Nacional de Medicina de México como autoridad para la Certificación de los especialistas y de reconocimiento de las especialidades; así se constituyó el 15 de febrero de 1995 el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas (CONACEM), integrado por miembros de la Academia Nacional de Medicina, de la Academia Mexicana de Cirugía y del propio Comité Normativo.

El Consejo Mexicano de Certificación en Pediatría A.C. fue fundado el 21 de julio de 1980, en un esfuerzo conjunto de la Asociación Mexicana de Pediatría A.C. y la Confederación Nacional de Pediatría de México, agrupaciones que proporcionan sus representantes para la integración de las mesas directivas.

Quedó registrado en el volumen 1,574 escritura 73979 e inscrito en el Registro Público de personas morales civiles, en el folio real No. 2437 en la Cd. de México, D.F., en diciembre de 1980, ante el Notario Público No. 54.

Durante las primeras tres gestiones, la duración del mandato fue de un año y a partir de la cuarta, y hasta la fecha, que incluye siete consejos directivos, se aumentó a dos años. Los propósitos que se persiguen son los siguientes:

  • Delimitar al profesional de la pediatría señalando con claridad quiénes cumplen con el perfil deseado para la práctica clínica, esto es, quiénes han demostrado ser competentes para el desempeño actual y quiénes son competentes para mantenerse como tales. Esto se logra mediante los procesos de Certificación y Recertificación.
  • Garantizar a la sociedad que quienes le atienden son los pediatras idóneos para tal fin, lo cual se obtiene a través de la expedición de certificados de idoneidad, que se pondrán a la vista del público en los consultorios y que servirán también como carta de presentación ante las instituciones que utilizan nuestros servicios profesionales.

 

OBJETIVOS Y PROPÓSITOS DEL CONSEJO

  • Otorgar la Certificación de la Especialidad de Médico Pediatra en los Estados Unidos Mexicanos.
  • Otorgar la Recertificación de la Especialidad de Médico Pediatra cada cinco años.
  • Otorgar el Reconocimiento a los Consejos de Subespecialidades Pediátricas.
  • A través de la Certificación y Recertificación, estimular el estudio, mejorar la práctica, elevar los niveles de conocimiento, impulsar el avance de la Pediatría y servir a la causa de la salud pública.
  • Organizar, realizar, supervisar y evaluar los exámenes y requisitos para comprobar los merecimientos de los solicitantes del Certificado y Recertificado de la Especialidad de Médico Pediatra.
  • Proporcionar a la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, a la Academia Nacional de Medicina, a las Sociedades Médicas, a las Organizaciones de otra índole (cuyo objetivo sea la procuración de la salud), a los médicos y al público en general, listas de los especialistas Certificados y Recertificados vigentes.
  • Coordinarse con las Facultades y Escuelas de Medicina y con sus divisiones de graduados, respecto a los requerimientos mínimos que deben llenar los especialistas en Pediatría.
  • Coordinarse con el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas en asuntos de su competencia.
  • Contribuir al establecimiento de los requisitos docentes, técnicos y administrativos mínimos que deben satisfacer las instituciones en donde se formen especialistas en Pediatría.
  • Mantener las relaciones conducentes, para el mejor logro de los objetivos de la Mesa Directiva, con agrupaciones científicas, tanto en los Estados Unidos Mexicanos como en el extranjero.

Los desafíos de la regulación de la profesión médica en México son:

a) Asegurar una formación profesional integral acorde al desarrollo del país.

b) Garantizar una adecuada formación en relación a la educación científica.

c) Enfrentar el reto de expansión de proveedores de educación en salud privada.

d) Fortalecer a las asociaciones en su papel de certificadores de competencias profesionales.

Hasta finales del 2011 se habían matriculado 171,800 alumnos desde Facultad hasta Doctorado; en el 78.3% su educación es publica; 141,000 obtuvieron Licenciatura; 21,000 alcanzaron la Especialidad, y 83.5% estudiantes del área médica están en programas reconocidos  de calidad.

La Dirección General de Profesiones hasta la fecha otorga la cedula profesional, la cual es vitalicia. Actualmente se requieren Titulo y Cédula Profesional para ejercer la profesión. Se han otorgado hasta la fecha 106,766 cédulas de especialidades médicas.

 

COMITÉ NORMATIVO NACIONAL DE CONSEJOS DE ESPECIALIDADES MEDICAS A.C. (CONACEM)

En 1995 se constituyó el CONACEM, formado actualmente por una Junta de Gobierno de 12 miembros. Su papel es normar y vigilar a los Consejos de Especialidad en la única función que tienen, que es la de Certificar. Hay una tendencia ascendente en el número de certificados. Se ha otorgado la idoneidad a 47 Consejos uno por cada especialidad, con representación nacional en cada uno.

El jueves 1ero de septiembre de 2011, apareció en el Diario Oficial segunda sección, Poder Ejecutivo Secretaria de Salud. El DECRETO por el que se reformaron los artículos 81, 83, 271 y se adicionaron el artículo 272 Bis, el 272 Bis 1, el 272 Bis 2, el 272 Bis 3 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 81. La emisión de los diplomas de especialidades médicas corresponde a las instituciones de educación superior y de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.

Para la realización de los procedimientos médicos, quirúrgicos, de especialidad se requiere que el especialista haya sido entrenado para la realización de los mismos en instituciones de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.

El Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas tendrá la naturaleza de organismo auxiliar de la Administración Publica Federal a efecto de supervisar el entrenamiento, habilidades, destrezas y calificación de  la pericia que se requiere para la certificación y recertificación de la misma en las diferentes especialidades de la medicina reconocidas por el Comité y en las instituciones de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.

Los Consejos de Especialidades Medicas que tengan la declaratoria de idoneidad y que estén reconocidos por el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Medicas, constituido por la Academia Nacional de Medicina de México, la Academia Mexicana de Cirugía y los Consejos de Especialidad miembros, están facultados para expedir certificados de su respectiva especialidad médica.

Para la expedición de la cédula de médico especialista las autoridades educativas competentes solicitarán la opinión del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Medicas.

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