ISSN-01862 391

e-ISSN-2395-8235

Indizada en: CONACyT, DOAJ, EBSCO (MedicLatina), Latindex, Redalyc, SciELO, Scopus y Emerging Sources Citation Index.
Órgano Oficial del Instituto Nacional de Pediatría

Información exclusiva para profesionales de la salud

Periodicidad: bimestral
Editor: Felipe Aguilar Ituarte
Abreviatura: Acta Pediatr Méx
ISSN: 0186-2391
e-ISSN: 2395-8235

La ultrasonografía obstétrica y el diagnóstico de defectos de la pared abdominal en México

Obstetric ultrasonography and prenatal diagnosis of abdominal wall defects in Mexico

Acta Pediatr Mex 2015;36:131-134.

Dr. Eduardo Bracho Blanchet
Cirujano Pediatra, Jefe de Servicios de Cirugía General del Hospital Infantil de México Federico Gómez

Dr. Armando Partida Gaytán
Coeditor de Acta Pediátrica de México

El artículo de sesión anatomoclínica de este número refleja dos problemas relativamente frecuentes a los que todos los pediatras estamos expuestos: la falta de diagnóstico prenatal de malformaciones congénitas y la referencia inadecuada de pacientes críticamente enfermos.

De acuerdo con el último reporte de International Clearinghouse for Birth Defects Surveillance and Research, que en su apartado México reporta la información del Registro y Vigilancia Epidemiológica de Malformaciones Congénitas Externas (RYVEMCE) de niños nacidos en los hospitales participantes durante el año 2010, se registraron 31 malformaciones congénitas en 22 341 nacimientos. Cinco correspondieron a onfalocele y 14 a gastrosquisis. A lo largo de 30 años las tasas de estas dos malformaciones han variado con un promedio acumulado de 1.44 y 2.11, respectivamente (Figura 1).1 Como se discute en el artículo de sesión son varios los factores asociados con la morbilidad y la mortalidad de estos pacientes; algunos de ellos no modificables (i.e. otras malformaciones congénitas asociadas). Pero, sin lugar a duda, el diagnóstico prenatal y la referencia oportuna facilitan la planeación y el tratamiento ideal en centros con la experiencia y equipos necesarios. Es importante resaltar que el traslado de estos pacientes en las mejores condiciones posibles (de preferencia in utero) se debe favorecer siempre que sea posible.

Las normas oficiales de nuestro país que guían al personal de salud para la correcta atención de la mujer embarazada, el feto y el recién nacido son: NOM-007-SSA2-1993 “Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio”,2 NOM-034-SSA2-2002 “Para la prevención y control de los defectos al nacimiento”3 y la “Guía de Práctica Clínica del Control Prenatal con Enfoque de Riesgo”.4 Sólo en las últimas dos se hace referencia a la importancia y a los momentos ideales para realizar ultrasonografía obstétrica, así como a los factores específicos a buscar con la intención de identificar tempranamente cromosomopatías y malformaciones congénitas (Cuadro 1). En este sentido, la mujer gestante debe tener al menos 3 ultrasonidos al final de su embarazo y, en algunos casos, el triple marcador sérico.

Para leer la información completa, por favor descargue el archivo PDF.

Deja una respuesta